Cuando nos referimos al control de los registros, debemos identificar que nos referimos a aquellos formatos diligenciados y/o evidencias que demuestran el desarrollo de una actividad, subproceso, proceso o Macroproceso, como por ejemplo; los formatos de evaluaci贸n de desempe帽o, formatos de quejas y reclamos debidamente diligenciados, entre otros.

El Ministerio de Educaci贸n defini贸 a manera de orientaci贸n para cada subproceso una serie de formatos que sirven de guia para estandarizar el resultado de ciertas actividades, con lo cual se facilita la gesti贸n de las secretar铆as en el desarrollo de las mismas.

Para este requisito la especificaci贸n t茅cnica solicita que se debe contar con un procedimiento documentado que defina los controles necesarios para el recibo, organizaci贸n, identificaci贸n, almacenamiento, protecci贸n, recuperaci贸n, tiempo de retenci贸n y disposici贸n de los registros, acorde con las disposiciones legales vigentes sobre la materia, procedimiento que se encuentra definido a trav茅s del subproceso "N01.02 ARCHIVO DE GESTI脫N".

Para un adecuado cumplimiento del control de los registros las Secretarias de Educaci贸n mancomunadamente con los entes territoriales deben darle cumplimiento a lo definido en la Ley 594 del 200 "Por medio de la cual se dicta la Ley General de Archivos y se dicta otras disposiciones" y el Acuerdo No. 039 de 2002 "Por el cual se regula el procedimiento para la elaboraci贸n y aplicaci贸n de las Tablas de Retenci贸n Documental en desarrollo del Articulo 24 de la Ley 594 de 2000" establecido por el Archivo General de la Naci贸n.

As铆 mismo el requisito se帽ala que se deben establecer, mantener y conservar los registros, es por eso que se hace indispensable conservar los registros de vigencias anteriores.

Ejemplo de hallazgo detectado, incumpliendo el requisito Control de los Registros:

"No se cuenta con los registros de inducci贸n del docentes Pepito P茅rez contratado para el 2012, tal y como se establece en H02.02"

En este caso el ente externo certificador ICONTEC detecto la NO CONFORMIDAD en cuanto a la no existencia del registro de inducci贸n del docente, de acuerdo a lo definido en el H02.02 y en contra de lo se帽alado en la especificaci贸n t茅cnica.

                                                                      

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